Introducción
La diversidad ambiental del territorio cordobés ha permitido, desde tiempos históricos, el desarrollo de las múltiples actividades humanas que caracterizan a la Provincia. Esto dio lugar a su crecimiento socio-económico, aunque acompañado, en muchos casos, por el deterioro de los sistemas naturales, con el consiguiente efecto sobre la salud de las personas y sobre las posibilidades reales de mantener tal crecimiento en el tiempo.
Dado que la mayor parte de las actividades humanas con efectos ambientales negativos ocurren a expensas del territorio, su ordenamiento y gestión sostenible constituyen las bases para un desarrollo armónico con los sistemas de soporte de vida, los cuales, en última instancia, constituyen la fuente de recursos y riqueza de las personas, como así también de su bienestar.
El territorio, por su parte, representa el capital tangible de mayor importancia para las comunidades que dependen directa o indirectamente de las actividades rurales. Esto, manifestado largamente por la comunidad científica, es cada vez más aceptado por ciudadanos, formadores de políticas y tomadores de decisiones, quienes reconocen así que debe asegurarse el futuro sostenible de los recursos naturales.
En el caso de la provincia de Córdoba, la limitante principal para lograr un desarrollo verdaderamente perdurable es la imposibilidad de modelar apropiadamente usos y situaciones alternativas, dada la inexistencia de información adecuada, actualizada y compatible para distintas condiciones y factores ambientales. Por ejemplo, se cuenta con datos de calidad para muchas variables (suelo, agua, vegetación, fauna, por mencionar sólo algunos), aunque parcial o totalmente atomizados, mientras que a escala regional se desconoce desde su distribución espacial hasta sus patrones de cambio en el tiempo. Estos vacíos de información impiden el abordaje de análisis confiables a nivel provincial, a la vez que esconden posibles respuestas a cuestiones de escala regional.
Surge así la necesidad de desarrollar las bases ambientales para el ordenamiento territorial del espacio rural de la provincia de Córdoba. Éstas, a la vez que permitirán que el Estado provincial asuma su rol en la protección del capital natural cordobés (cumpliendo con lo establecido en la Ley Provincial Nº 7343 promulgada en el año 1985), sobre la base de conocimientos técnico-científicos concretos, ofrecerán el marco para una relación más adecuada y dinámica entre los habitantes del territorio y sus recursos.